FAQs

Preguntas frecuentes sobre drones

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Preguntas frecuentes sobre drones

PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿A quién está dirigido el curso de piloto de drones?

El curso de Piloto de Drones según categorías abierta (A1, A2,A3)  y específica (STS-01 y STS-02) está dirigido a aquellos que deseen obtener el certificado de competencia para actuar como operadores remotos al mando de UAS (Unmanned Aerial System). Con dicho curso, obtendrás el certificado de competencia según la categoría para operaciones indistintamente que sean para fines comerciales o recreativos, 25 kg de peso, dentro del territorio español o la Unión Europea.

2. ¿Se necesitan estudios mínimos para hacer el curso de piloto de drones?

Para la realización del curso no se necesita ningún estudio, ni formación previa.

3. ¿Con el curso STS 01 Y STS 02 podría volar mi dron fuera de alcance visual?

Sí, con el certificado de categoría específica STS bajo un escenario STS-ES-02 que permite el vuelo fuera del alcance visual del piloto, donde hay que tener en cuenta los requisitos de normativa y equipamiento necesario de ese escenario de vuelo.

4. ¿Necesito asegurar mi aeronave para poder volar con mi dron?

Para aquellas aeronaves no tripuladas con una masa máxima al despegue inferior a 20 kg, los Estados miembros podrán exigir los seguros que consideren oportunos a través de la legislación nacional.

En el caso de España, durante un periodo transitorio hasta la publicación del Real Decreto UAS:

Se debe tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice, tanto con fines recreativos como profesionales.

Tras la publicación del Real Decreto UAS lo indicado anteriormente se verá modificado en base a la disposición de AESA y lo que determine en este caso. Asimismo, antes de realizar vuelos en otros Estados miembros es aconsejable consultar la necesidad de disponer de póliza de seguros.

5. ¿Qué es un drone?

En términos generales, un drone es un vehículo aéreo no tripulado, es decir, que está controlado de manera remota. Nosotros nos centraremos en los drones aéreos, aquellos que llevan 4 motores, pero un drone puede ser tanto terrestre, como acuático, siempre y cuando este controlado remotamente. El uso que se les está dando a estas pequeñas aeronaves acaba de comenzar, y en un futuro, las posibilidades pueden ser mucho mayores, y es que hoy en día ¿quién no quiere un drone? Existen modelos para todos los públicos, desde drones de iniciación para los más pequeños o para volar en interior, hasta drones de carreras para los que quieren vivir en primera persona vuelos a altas velocidades.

6. ¿Quién querría tener un drone?

Ahora que ya sabes qué es un drone, te preguntarás, ¿a quién le puede interesar un drone? Actualmente los drones ya tienen tareas de todo tipo, pero vamos a poner varios ejemplos de uso profesional:

  • Los estudios cinematográficos ya disponen de drones de fotografía y vídeo para rodar planos increíbles para sus películas.
  • Agencias inmobiliarias utilizan drones para obtener imágenes aéreas de propiedades para sus catálogos de ventas.
  • La mayor tienda online de la red, Amazon, está probando sus drones para entregar paquetes a domicilio en zonas remotas.
  • Periodistas y fotógrafos utilizan drones para acceder a zonas de difícil acceso y así grabar increíbles imágenes.
  • Ingenieros utilizan drones para visualizar el estado de obras e incluso el estado de las fachadas de edificios.

Y esto son solo algunos ejemplos, como ves los drones están desempeñando funciones que de otro modo sería muy costoso de realizar, e incluso en algunos casos, peligroso o imposible.

Pero no solo hay drones de uso profesional, la legislación permite el uso de drones de manera recreativa siempre y cuando cumplamos la ley:

  • Grabar vídeos aéreos para uso personal.
  • Volar en FPV en terreno despoblado.

Te recomiendo que si tienes dudas nos contactes, en nuestro departamento de asesoría aeronáutica te ayudaremos en todo lo que necesites.

7. En vuelo urbano, en categoría abierta, a menos de 20 metros. ¿Vulneraría el principio de privacidad o la protección de datos sobre el sobrevuelo de viviendas?

Sí, es posible volar a esa altura, pero para la grabación de imágenes siempre es necesario la autorización de los propietarios de dichas viviendas, según la Ley Orgánica de Protección de Datos.

8. ¿Qué aspectos legales en el sector drones son los principales a tener en cuenta?

Para trabajar como piloto de drones profesional y de forma legal es necesario lo siguiente: registrarte como operador de drones; tener la certificación para volar en A1/A3, en STS-01 y STS-02; contratar un seguro de responsabilidad civil; el manual de operaciones, registro de vuelos (Logbook), un plan de respuesta ante emergencias y el registro de la aeronave.

Además, es necesario tener en cuenta la necesidad de realizar un estudio aeronáutico y presentarlo en Enaire, Saerco y Ferronats.

En el caso de tener un dron solamente para uso recreativo y volar en categoría abierta con la habilitación en A1/A3, registro y seguro es suficiente.

9. En categoría abierta, ¿los drones de menos de 250 gr necesitan seguro?

El seguro de responsabilidad civil es obligatorio para todos los drones, indistintamente si son para uso recreativo o profesional, según la ley actual. Los únicos exentos de seguro son los UAS considerados de juguete, es decir, los de menos de 250 gramos y/o sin sensor de captación de datos personales, por lo tanto, si pesan 200 gramos pero tienen cámara fotográfica, sí necesitan seguro de responsabilidad civil.

10. ¿Qué es un drone de carreras?

Los drones de carreras son un tipo específico de drone:

  • Por lo general no suelen sobrepasar los 600 gr de pesoy los 300 mm de motor a motor.
  • Alcanzan velocidades superiores a 100 km/h.
  • Llevan una cámara, que junto a un emisor de vídeo, retransmiten las imágenes hacia unas gafas FPV, esto se traduce en un vuelo en primera persona.
  • El tiempo de vuelosuele rondar los 3 o 4 minutos, dependiendo de la batería que lleve.

Como ves, un drone de carreras es un drone muy específico, diseñado para competir en campeonatos de carreras de drones o hacer vuelo libre o freestyle gracias a la gran potencia de sus motores y al bajo peso del drone, lo que le proporciona una agilidad en sus movimientos que ningún otro tipo de drone puede ofrecer.

11. ¿Cómo se está tratando el tema para el sobrevuelo en concentraciones de personas?

Los vuelos sobre concentraciones de personas se consideran de categoría específica y la ley es muy estricta en estos supuestos. Es necesario realizar la solicitud al Ministerio de Interior con un mínimo de 10 días de antelación, Además, en algunos casos deberá acotarse la zona de operaciones por la autoridad competente (Policía Nacional).

12. ¿Cuáles son las diferencias entre vuelo recreativo y vuelo profesional?

Los vuelos recreativos son aquellos que se realizan sin ningún fin comercial y, por lo tanto, no se recibe ninguna compensación económica por ello. Se consideran vuelos recreativos aquellos que se realizan por hobby para uso privado y siempre en escenarios abiertos y a menos de 120 metros de altura.

Los vuelos profesionales de drones son aquellos que se realizan con un fin comercial, es decir, prestan un servicio y deben ser realizados por pilotos de drones certificados, según la normativa actual. Los vuelos profesionales de drones sí pueden efectuarse en algunos casos en escenarios CTR o restringidos, mientras que los recreativos no pueden volar en dichas áreas en ningún caso.

13. ¿Qué implica volar en categoría abierta?

Para poder operar en categoría abierta es necesario que el dron lleve la etiqueta identificativa de clase 0, 1, 2, 3, ó 4. Si es un dron de construcción privada, este debe pesar menos de 25 kg. Si el dron se adquiere antes del 1 de enero de 2023 y carece de etiqueta identificativa, no se podrá utilizar sobre personas, salvo que pese menos de 250g. Se deberá mantener el dron en la línea de visión (VLOS), y en caso de no ser posible, el piloto será asistido por un observador. Se podrá volar a una altura máxima de 120m. En la categoría abierta NO se podrán transportar mercancías peligrosas ni dejar caer ningún tipo de material.

14. Hablando de categoría abierta, ¿cómo puedo saber en qué subcategoría puedo volar?

La subcategoría en la que podemos volar un dron está determinada por la etiqueta de identificación de clase (0, 1, 2, 3 ó 4), o por el peso del dron si este es de construcción privada o carece de etiqueta identificativa.

  • SUBCATEGORÍA A1:drones con etiqueta de clase 0 y 1. Drones de construcción privada con un peso inferior a 250g y que vuelven a velocidades inferiores a 19 m/s.
  • SUBCATEGORÍA A2:drones con etiqueta de clase 2.
  • SUBCATEGORÍA A3:drones con etiqueta de clase 2, 3 y 4. Drones de construcción privada con peso inferior a 25kg y que no superen los 19 m/s de velocidad. No obstante, es recomendable que te dirijas a la Autoridad Nacional de Aviación de tu país para conocer con exactitud estas peculiaridades.

15. ¿Qué implica volar mi dron en categoría específica?

La categoría «específica» engloba aquellas operaciones que, por su riesgo, no cumplen con los requisitos de la categoría abierta. Dentro de esta condición incluiríamos los vuelos: En BVLOS (más allá del alcance visual del piloto). A más de 120 metros de altura.

16. ¿Se puede volar en un CTR en categoría abierta con coordinación con el aeropuerto o pasaría a ser específica?

Siempre que se realice un vuelo en coordinación con el aeropuerto se considera categoría específica puesto que requiere un riesgo operacional mayor. En este caso, es importante recordar que para volar en coordinación con el aeropuerto es necesario contar con el Curso de radiofoista

20. ¿Qué sistema se utiliza para la evaluación de riesgos?

En The drones Land utilizamos la metodología SORA (Evaluación de Riesgos de Operaciones Específicas), que contiene una serie de guías, tanto para los operadores como para las autoridades competentes, sobre los requerimientos necesarios para que una autoridad aeronáutica apruebe vuelos de drones en determinadas condiciones operacionales. Deben de seguirse una serie de pasos y, en el caso de España, entregar dicho informe ante AESA.

19. En el entorno urbano, ¿puedo volar en categoría abierta?

Sí, se puede volar en categoría abierta sin restricciones, según las zonas que así lo indican en Enaire (las áreas blancas del mapa). Si tienes previsto realizar un vuelo con un dron de peso inferior a 250 gramos y para uso recreativo en categoría abierta, sea esta urbana o no, no es necesario solicitar los permisos ante AESA.

Los vuelos en categoría abierta deben de realizarse siempre a la vista del piloto (VLOS), de día y a una altura máxima de 120 metros.

En conclusión, las personas que deseen dedicarse al pilotaje profesional de drones deben de tener en cuenta que no cumplir con la ley vigente puede suponer multas importantes, además de implicar un posible riesgo de ocasionar daños a terceros. En The Drones Land contamos con un servicio de Asesoría aeronáutica que puede asesorarte si lo necesitas. Llámanos al 622 459 043 o envíanos un correo a info@thedronesland.com .

18. Si como profesional, queremos hacer fotos de una construcción, casa, hotel, etc. para un cliente, dentro de un CTR, ¿tenemos que pedir permiso por cada lugar?

Sí, es necesario solicitar los permisos pertinentes a los propietarios de cada inmueble, en este caso debería figurar un contrato en el que se especifique la autorización para la grabación de datos y su posterior tratamiento, según la LGPD. Además, hay que tramitar los permisos de vuelo CTR al Ministerio de Interior.

17. ¿Es posible sobrevolar un dron sobre la Alhambra? ¿Qué se necesita para volar sobre monumentos de Patrimonio Nacional?

Sobrevolar La Alhambra de Granada con drones es prácticamente imposible, puesto que la ley es muy estricta respecto a la grabación con drones sobre monumentos o espacios Patrimonio de la Humanidad. La Alhambra es uno de ellos, por lo que desde la entrada en vigor de la nueva normativa los pasos a seguir requieren la tramitación de los permisos con dos meses de antelación a la realización de la operación y serían: la solicitud de permiso ante AESA, la Oficina de Seguridad Aérea de Sevilla (ECAO), la unidad de Seguridad y Protección Aérea de Granada (CNP), Patrimonio y el Ministerio de Defensa. 

21. ¿Cuáles son los requisitos según la clase de tu drone, C0, C1, C2, C3, C4, C5 y C6?

Para pertenecer a una u otra clase, las aeronaves no tripuladas han de cumplir una serie de requisitos. Estas características tienen que ver principalmente con la masa máxima al despegue (MTOW) del dron, su velocidad máxima o su altura máxima alcanzable por encima del punto de despegue.

Todas las aeronaves deben portar una etiqueta perteneciente a su clase.

Drones de clase C0

  • Tener una MTOW inferior a 250 g.
    ●Velocidad máxima en vuelo de 19 m/s.
    ● Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
    ● Estar alimentado con electricidad.

De los drones actuales, se ubicarían en la clase C0 el Mavic Mini o el DJI Mini 2, aunque también se podrían incluir otras aeronaves como el Syma X5, el Ryze Dji Tello, el Parrot Airborne Night McLane u otros RPAS de construcción privada que cumplan estos requisitos. Por supuesto, todas estas aeronaves deben cumplir las características anteriormente mencionadas.

Drones de clase C1

  • MTOW inferior a 900 g o que su energía transmitida en caso de impacto sea inferior a 80 J.
    ●Tener un velocidad máxima en vuelo horizontal de 19 m/s.
    ● Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
    ● Estar alimentado con electricidad.
    ● Disponer de un número de serie único.
    ● Tener un sistema de identificación a distancia directa y de identificación a distancia de red.
    ● Estar equipado con un sistema de geoconsciencia.
    ● Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el dron y la estación de control (CS).

Los drones fabricados antes del 31 de diciembre del 2020 que se podrían ubicar en la clase C1 son el Mavic Air 2 o el Autel EVO.

Drones de clase C2

  • Tener una MTOW inferior a 4 kg.
    ●Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
    ● Estar alimentado con electricidad.
    ● Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
    ● Salvo si es una aeronave de ala fija, estar equipado con un modo de baja velocidad seleccionable que limite la velocidad a 3 m/s como máximo.
    ● Disponer de un número de serie único.
    ● Contener un sistema de identificación a distancia directa y de identificación a distancia de red.
    ● Estar equipado con un sistema de geoconsciencia.
    ● Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el dron y la estación de control (CS).
    ● Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.

En la clase C2 se ubicarían drones un poco más grandes y con mejores prestaciones.  Los drones que existen actualmente y que podrían formar parte de la clase C2 son el Autel Evo 2, el Phantom 4, el Mavic 2 Pro o el Yuneec Thypon H.

Drones de clase C3

  • MTOW inferior a 25 kg y una envergadura inferior a 3 m.
    ●Tener limitada la altura máxima desde el punto de despegue a 120 m.
    ● Estar alimentado con electricidad.
    ● Tener un número de serie único.
    ● Disponer de un sistema de identificación a distancia directa y de identificación a distancia de red.
    ● Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
    ● Estar equipado un sistema de aviso de batería baja para el dron y la estación de control (CS).
    ● Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.

En los drones de clase C3 se ubican las aeronaves profesionales, usadas en diferentes tipos de trabajos. En esta clase entrarían drones como el Inspire 2 o los de la serie Matrice de DJI, como el Matrice 600 PRO.

Drones de clase C4

  • Tener una MTOW inferior a 25 kg, incluida la carga útil.
    ●No disponer de modos de control automático, excepto para la asistencia a la estabilización del vuelo y para la asistencia en caso de pérdida del enlace.
    ● Estar destinadas para la práctica del aeromodelismo.

La mayoría de drones de clase C4 serían principalmente aeronaves pensadas para aeromodelismo o de fabricación propia. También podría incluir algún dron de carreras o aeronaves muy específicas.

Drones de clase C5

  • MTOW inferior a 25 kg.
    ●No ser una aeronave de ala fija, salvo si es una UA cautiva.
    ● Disponer de un sistema que proporcione al piloto a distancia información clara y concisa sobre la altura del dron.
    ● Estar equipado con un modo de baja velocidad seleccionable que limite la velocidad a 5 m/s como máximo.
    ● Ante una pérdida de enlace de datos (C2), o en caso de fallo, contar con un método de recuperarlo o de terminar el vuelo de forma segura.
    ● Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
    ● Alimentado con electricidad.
    ● Disponer de un número de serie único.
    ● Contener un sistema de identificación a distancia directa.
    ● Tener equipado un sistema de geoconsciencia.
    ● Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el dron y la estación de control (CS).
    ● Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.
    ● Si el dron dispone de función de limitación de acceso a determinadas zonas o volúmenes del espacio aéreo, esta deberá ser interoperable con el sistema de control del vuelo, y deberá informar al piloto a distancia cuando esta impida entrar a la UA a estas zonas o volúmenes del espacio aéreo.
    ● Un dron de clase C5 podrá consistir en una aeronave no tripulada de clase C3 que lleve instalado un kit de accesorios que lo convierta en clase C5.
    ● El kit de accesorios no incluirá cambios en el software del dron de clase C3.

Uno de los drones que puede ser incluido en esta categoría es el Matrice 600 PRO

Drones de clase C6

  • Tener una MTOW inferior a 25 kg.
    ●Tener un sistema que proporcione al piloto a distancia información clara y concisa sobre la altura del dron, proporcionando medios que eviten que la aeronave supere los límites horizontales y verticales de un volumen operacional programable.
    ● Velocidad máxima respecto al suelo en vuelo horizontal de 50 m/s.
    ● Ante una pérdida de enlace de datos (C2), o en caso de fallo, contar con un método de recuperarlo o de terminar el vuelo de forma segura..
    ● Estar equipado con un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado a las funciones de mando y control (C2).
    ● Alimentado con electricidad.
    ● Disponer de un número de serie único.
    ● Tener un sistema de identificación a distancia directa.
    ● Estar equipado con un sistema de geoconsciencia.
    ● Tener equipado un sistema de aviso de batería baja para el dron y la estación de control (CS).
    ● Si el dron dispone de función de limitación de acceso a determinadas zonas o volúmenes del espacio aéreo, esta deberá ser interoperable con el sistema de control del vuelo, y deberá informar al piloto a distancia cuando esta impida entrar a la UA a estas zonas o volúmenes del espacio aéreo.
    ● Equipar luces para control de actitud y vuelo nocturno.

22. Consideraciones a tener en cuenta sobre la identificación de clase de los drones

Los fabricantes de drones tendrán que garantizar que sus aeronaves cumplen los requisitos de la clase de la cual pongan la etiqueta. De todas formas, hay que tener en cuenta que equipar los drones con accesorios extra puede suponer un cambio de clase para el RPA.

Por otro lado, los drones que no pertenezcan a alguna de las clases establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2019/945, podrán seguir utilizándose si han sido introducidas en el mercado de la Unión Europea antes del 1 de enero de 2023.

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