Tramitación de alta como operador

Tramitación de alta como operador

Quién puede volar un Drone

¿Qué necesito para la tramitación de alta como operador de drones y poder realizar trabajos con RPAs?.

Desde el 31 de diciembre de 2020 es de aplicación la normativa europea de UAS . Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su uso ya sea recreativo o profesional y de su tamaño o peso. Para poder realizar trabajos con un RPAS:

Registrarse como operador: Todos los usuarios que pretendan volar un RPAS deberán registrarse como operadores en la sede electrónica de AESA y obtener el número de operador según la normativa europea. Una vez obtenido el número de operador éste debe incluirse en el dron de forma visible.

– Formarse como piloto: Para volar un dron debes tener un mínimo de formación acreditable en función de la categoría operacional en la que se opere de acuerdo a la nueva normativa que establece diferentes categorías. La formación y examen de conocimientos para poder operar un dron en categoría abierta, subcategorías A1 y A3, es accesible a través de la web de AESA. La formación es telemática y gratuita y tras la superación del examen online AESA le expedirá un certificado. Para poder operar un dron en categoría específica bajo un escenario estándar (‘STS’), En base a la formación previa definida para la categoría ‘abierta’ existen dos alternativas:

  • Si se dispone de prueba de superación A1/A3 de categoría ‘abierta’ se realizará un examen teórico de 40 preguntas, con una duración de 40 minutos, basadas en 8 materias.
  • Si se dispone de certificado A2 de categoría ‘abierta’: Se realizará un examen teórico de 30 preguntas, con una duración de 30 minutos, basadas en 5 materias.

Las materias que corresponden a este nivel están indicadas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947. La formación teórica para los STS, no está regulada, por tanto, puede ser impartida por una entidad de formación, un operador de UAS, o por cuenta propia, siempre siguiendo el temario publicado.

-Disponibilidad de seguro obligatorio de responsabilidad civil: se debe tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice, tanto con fines recreativos como profesionales.

 

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